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Publicada 24 sept, 09:08 a. m. Actualizada 28 sept, 08:00 a. m.

Sociedad6 mediosMuy factual

El Día del Empleado de Comercio se traslada al lunes 28 de septiembre de 2026

Título neutral generado por IA a partir de la cobertura de los medios. No reemplaza el titular original de ninguna nota.

Resumen de la cobertura

  • El Día del Empleado de Comercio se celebra por ley el 26 de septiembre, pero como en 2026 cae sábado, FAECYS y las cámaras empresarias acordaron trasladar el descanso al lunes 28 de septiembre.
  • El beneficio alcanza a los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 y no se extiende a empleados públicos, docentes, bancarios ni industriales, entre otros.
  • Quienes trabajen el lunes 28 deben cobrar un recargo del 100% sobre la remuneración de la jornada, mientras que quienes no trabajen mantienen su sueldo sin descuentos ni afectación del presentismo.
  • El descanso del lunes 28 no puede usarse como franco compensatorio del descanso semanal; si el franco fijo del trabajador cae ese lunes, no accede al beneficio y cobra su sueldo normal.
  • No hay obligación general de cierre de comercios: los locales atendidos por sus dueños pueden abrir, y supermercados, shoppings y grandes cadenas definen su funcionamiento según cada establecimiento y la disponibilidad de personal.

Resumen generado por IA a partir de la cobertura de los medios. No reemplaza el texto original de ninguna nota.

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